El COLEGIO DE ADMINISTRADORES DE FINCAS DE GIRONA es una Corporación de Derecho Público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
El Colegio se rige por sus propios Estatutos y por los Reglamentos de régimen interno aprobados. Con carácter supletorio y, en su caso, como norma de obligado cumplimiento, se rige por la Ley 7/2006, de 31 de mayo, del Ejercicio de Profesiones Tituladas y de los Colegios Profesionales (Generalitat de Catalunya) y por las Normas complementarias, esclarecedoras o modificando estas disposiciones.
El Colegio representa a todos sus colegiados, prestando numerosos servicios a los mismos y preocupándose por el eficaz desempeño de sus tareas, su formación y su correcto funcionamiento. Para ello, dispone de unas funciones muy definidas. La Junta de Gobierno del Colegio vela por el correcto funcionamiento de la corporación.