El administrador de fincas es un profesional independiente, quien, de forma habitual y continuada, administra fincas de terceros, bien urbanas, bien rústicas. Su adscripción al Colegio comporta que se avenga a unas normas de actuación que garantizan eficacia y responsabilidad en el ejercicio de la profesión y, especialmente, en las tareas encomendadas. Su campo de actuación no es, ni mucho menos, limitado ni estático, sino que es de lo más amplio, determinado por la propia dinámica de las mismas relaciones humanas. Por ello, el administrador de fincas desempeña un papel de gran importancia socioeconómica, palpable de forma más que evidente entre los propios ciudadanos, lo que se puede constatar a través de sus funciones. Éstas van encaminadas, básicamente, hacia la gestión de bienes inmuebles (mantener y hacer rentable el patrimonio inmobiliario), la mediación en la relación entre propietarios y inquilinos, la administración de comunidades de propietarios o de bienes de los propios propietarios, el asesoramiento sobre materias relacionadas con la propiedad inmobiliaria, etc.